Normativa y límites

Tres decretos del Ministerio del Medio Ambiente fijan la calidad del lago Villarrica y las medidas de la cuenca: la norma secundaria (DS 19/2013), la declaratoria de zona saturada (DS 43/2017) y el plan de descontaminación (DS 12/2025). Esta página concentra los límites numéricos de calidad y de emisión, con enlaces a los textos oficiales.

Instrumentos

Límites de calidad

Límites de la Norma Secundaria de Calidad Ambiental (NSCA, DS 19/2013) para las aguas del lago. PEL es el área pelágica (veril de 25 m hacia el centro); LIT-* son las áreas litorales.

Límites de emisión del plan

Límites de emisión del Plan de Descontaminación (PDA, DS 12/2025). El decreto solo fija emisión numérica para fósforo total: carga anual en pisciculturas (art. 4) y concentración en PTAS de 2.500 habitantes o más (art. 10). Otras variables (nitrógeno, caudal) entran como monitoreo, no como límite de emisión.

Áreas de vigilancia

Los vértices son los del decreto (NSCA DS 19/2013), en UTM huso 18 sur. PEL y LIT-Poza se definen por el veril de 25 m y no traen coordenadas.